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SISTEMA NACIONAL DE ATENCION INTEGRAL
AL NIÑO Y AL ADOLESCENTE
DEMUNA – 2005

SISTEMA NACIONAL Y ENTE RECTOR

El Sistema Nacional de Atención Integral niño y al adolescente es el conjunto de órganos, entidades y servicios públicos y privados que formulan, coordinan, supervisan, evalúan y ejecutan los programas y acciones desarrollados para la protección y promoción de los derechos de los niños y adolescentes.
El Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (MIMDES) dirige el Sistema como Ente Rector.

Funciones del MIMDES
1. Formular, aprobar y coordinar la ejecución de las políticas orientadas a la atención integral de niños y adolescentes.
2. Dictar normas técnicas y administrativas de carácter nacional y general sobre la atención del niño y del adolescente.
3. Abrir investigaciones tutelares a niños y adolescentes en situaciones de riesgo y aplicar las medidas correspondientes.
4. Dirigir la Política Nacional de Adopciones a través de la Oficina de Adopciones.
5. Llevar los registros de los organismos privados y comunales dedicados a la niñez y adolescencia.
6. Regular el funcionamiento de los organismos públicos, privados y comunales que ejecutan programas y acciones dirigidos al niño y al adolescente, así como supervisar y evaluar el cumplimiento de sus fines.
7. Velar por el cumplimiento de las normas contenidas en la Convención sobre los Derechos del Niño, en el presente Código y en la legislación nacional y,
8. Todo lo demás que le corresponde de acuerdo a ley.

DESCENTRALIZACION
Los Gob. Regionales y Locales establecerán, dentro de sus respectivas jurisdicciones entidades técnicas semejantes al Ente Rector del sistema, las que tendrán a su cargo la normatividad, los registros, la supervisión y la evaluación de las acciones que desarrollan las instancias ejecutivas. El MIMDES coordinará con dichas entidades técnicas regionales y locales el cumplimiento de sus funciones. Política y Programas de atención Integral al Niño y el Adolescente
La Política de promoción, protección y atención al niño y al adolescente es el conjunto de orientaciones y directrices de carácter público, dictadas por el MIMDES, cuyo objetivo superior es garantizar sus derechos consagrados en la normatividad.

Desarrollo de Programas
La política de atención al niño y al adolescente estará orientada a:
1. Programas de prevención que garanticen condiciones de vida adecuadas
2. Programas de promoción que motiven su participación y la de su familia y que permitan desarrollar sus potencialidades
3. Programas de protección que aseguren la atención oportuna cuando se encuentren en circunstancias especialmente difíciles,
4. Programas de rehabilitación que permitan su recuperación física y mental y que ofrezcan atención especializada.

Programa Especiales
El MIMDES desarrollará programas especiales para los niños y adolescentes que presenten características peculiares propias de su persona o derivadas de una circunstancia social.
Programas para niños y adolescentes discapacitados
Programas para niños y adolescentes adictos a sustancias psicotrópicas
Programas para niños y adolescentes maltratados o víctimas de violencia sexual
Programas para niños y adolescentes víctimas de violencia armada o desplazados.
Programas para niños y adolescentes que trabajan y niños que viven en la calle
Programas para niños y adolescentes que carecen de familia o se encuentran en extrema pobreza.
El MIMDES, en coordinación con los gobiernos regionales y locales, tendrá a su cargo la promoción y ejecución de estos programas, los cuales se desarrollan mediante un proceso formativo que incluye el funcionamiento de sus vínculos con la familia, la escuela y la comunidad.

DEFENSORIA MUNICIPAL DEL NIÑO Y EL ADOLESCENTE - DEMUNA
La DEMUNA es una instancia integrada al Sistema Nacional de Atención Integral de la Infancia, cuyo Ente Rector es el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (MIMDES)
En general, la DEMUNA es un espacio Municipal para la Protección y Promoción del Desarrollo Integral de la Niñez y Adolescencia.

Base Legal
1. Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 27972, art. 84,, inciso 1 de las funciones exclusivas de las municipalidades.
2. “Regular las acciones de las defensorías Municipales de los Niños y Adolescentes DEMUNA, adecuando las normas nacionales a la realidad local.

El Art. 45 del Código de los Niños y Adolescentes
1. Conocer la situación de los niños y adolescentes que se encuentran en instituciones públicas o privadas.
2. Intervenir cuando se encuentren amenazados o vulnerados sus derechos para hacer prevalecer el principio del interés superior
3. Promover el fortalecimiento de los lazos familiares. Para ello puede efectuar conciliaciones extrajudiciales entre cónyuges, padres, y familiares, sobre alimentos, tenencia y régimen de visitas, siempre que no existan procesos judiciales sobre estas materias.
4. Conocer de la colocación familiar.
5. Fomentar el reconocimiento voluntario de filiación.
6. Coordinar programas de atención en beneficio de los niños y adolescentes que trabajan.
7. Brindar orientación multidisciplinaria a la familia para prevenir situaciones críticas, siempre que no exista procesos judiciales previos, y
8. Denunciar ante las autoridades competentes las faltas y delitos cometidos en agravio de los niños y adolescentes.

Principios
El Interés Superior del Niño y del Adolescente. La consideración del niño como lo mas importante en cualquier situación que lo involucre.
Gratuidad. La prestación de los servicios es totalmente gratuita para los usuarios.
Confidencialidad. Absoluta reserva de la información transmitida por los usuarios.
Carácter orientador y no impositivo. Promueve el diálogo y búsqueda de alternativas, y evita la manipulación e imposición de criterios.
No discriminatorio. Garantizar un trato humano justo y equitativo, y abierto a cualquier adulto o niño.
Legalidad. Su actuación se desarrolla de acuerdo a la legislación y normatividad correspondiente.

ORGANIZACIÓN EN LAS DEMUNAS
Instalación.
La instalación y funcionamiento orgánico de la DEMUNA se hace por acuerdo del Concejo Municipal en uso de su función legislativa. En la respectiva Resolución u Ordenanza de creación, la Municipalidad establece la incorporación de la DEMUNA en su estructura orgánica, así como las funciones que cumplirá, de acuerdo a las características y recursos municipales. La Municipalidad puede contar con más de un servicio de DNA, en diferentes lugares de la localidad.

Registro de la DEMUNA.
De acuerdo al artículo 46 del Nuevo Código de los Niños y Adolescentes, la DEMUNA debe inscribirse ante el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (MIMDES) como el Ente Rector del Sistema Nacional de atención Integral del Niño y Adolescente.

Para ello el MIMDES, cuenta con una Oficina de Defensorías que forma parte de la Gerencia de Promoción del Niño y del Adolescente, cuya finalidad es facilitar la coordinación y funcionamiento de dichos servicios.

Requisitos de Registro
Solicitud de Inscripción
Ficha de Registro (MIMDES)
Organigrama de la DNA
Organigrama Municipalidad
Reglamento Interno
Plan de Trabajo
Constancias de Capacitación

Organicidad.
La DEMUNA funciona como instancia administrativa del Gobierno Local y deberá estar considerada en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Concejo Municipal, donde se precisará su naturaleza, finalidad, competencia y estructura orgánica.

Instrumentos de Gestión.
1. Manual de Organización y Funciones (MOF) aprobado por la Autoridad Municipal.
2. Plan de Trabajo integrado al Plan de Desarrollo Institucional (PDI) que las Municipalidades aprueben conjuntamente con el Cuadro de Asignación Presupuestal (CAP)
3. Directorio de servicios, programas e instituciones vinculados a la temática de la niñez y adolescencia, focalizado en el nivel local.
4. Informes de avances y memoria anuales de actividades
5. Libros y archivos sobre las actividades desarrolladas.

Equipo de trabajo.
Cada DEMUNA debe contar con un Responsable del servicio, y el número de sus integrantes depende de los recursos disponibles en cada Municipalidad.

El Responsable de DNA debe ser:
1. De reconocida idoneidad moral.
2. Comprometido con los Derechos de los Niños y Adolescentes
3. Como parte de sus habilidades debe:
4. Tener conocimiento de sus funciones y de las leyes de su competencia.
5. Conocer de la gestión administrativa, económica y financiera de la Municipalidad.
6. Conocer los procedimientos para atender, asesorar, orientar o derivar casos que se presenten.
7. Conocer de las técnicas de conciliación extrajudicial.
8. Conocer metodologías para motivar y movilizar a la población.
9. Capacidad para organizar, planificar y establecer coordinaciones con otras instituciones.
10. Habilidad para ejecutar, monitorear y evaluar el trabajo

Sus principales funciones son:
1. Dirigir el servicio de DEMUNA
2. Organizar y supervisar el trabajo del equipo, estableciendo un ambiente agradable que permita el logro de los objetivos y metas.
3. Elaborar el plan de trabajo, presupuesto, informes y memoria anual.
4. Coordinar y concertar acciones con las instancias internas y externas
5. Organizar y gestionar recursos
6. Coordinar con el MIMDES como Ente Rector
7. Integrar el COMUDENA y asumir Secretaría Técnica.

Local y Horario de Atención.
Es importante contar con un local especial para el funcionamiento de la DEMUNA, remarcando su existencia física e identidad municipal. Su ambientación que guarden relación con la temática de la niñez y adolescencia.
Es importante colocar en un lugar visible el nombre, dirección, horario de atención y personal de la DEMUNA, así como reseñar los principios mas importantes del servicio.
Sería ideal contar en los equipos de trabajo de las DEMUNAS, con la participación de profesionales de diversas especialidades. Sin embargo, ante la estrechez de recursos municipales, se puede establecer contacto con otros organismos (centros de salud, centros educativos, parroquias, organizaciones sociales, etc.) que operen en la localidad, a fin de que contribuyan en el trabajo de la DEMUNA.
De otro lado, también se debería articular el aporte de las Promotoras Defensores para la difusión de los Derechos del Niño y de las DEMUNAS, la canalización y seguimiento de casos, y el desarrollo de actividades de promoción de la niñez y adolescencia.
Los Promotores Defensores son personas debidamente capacitadas que apoyan las funciones propias del servicio.

Funciones
1. Promover la difusión de la Convención sobre los Derechos del Niño y el Código del los Niños y Adolescentes.
2. Velar en su comunidad por el respeto a los derechos de las niñas, niños y adolescentes
3. Detectar y canalizar los casos que requieran atención hacia la DNA, respetando el anonimato de la denuncia si el caso lo requiere.
4. Promover y difundir los servicios dirigidos a la niñez y adolescencia que brinda la DNA, y otras instituciones de la localidad.
5. Promover y apoyar las actividades, campañas y demás iniciativas de promoción de los derechos de niños y adolescentes.
6. Apoyar en la prestación de servicios de la DNA.

El trabajo de Promotores Defensores puede constituir un excelente apoyo a las DEMUNAS para fortalecer su labor. Si no existen Promotores Defensores en la localidad es necesario desarrollar acciones de capacitación y formación.

Local y Horario de Atención
Es importante contar con un local especial para el funcionamiento de la DNA, remarcando su existencia física e identidad municipal. Su ambientación que guarden relación con la temática de la niñez y adolescencia, así como con los servicios que brinda la DNA.
Es importante colocar en un lugar visible el nombre, dirección, horario de atención y personal de la DEMUNA, así como reseñar los principios mas importantes del servicio
El local de la DEMUNA debe contar con un ambiente específico para la atención de casos y ejercicio de la conciliación extrajudicial, que ofrezca garantías de privacidad. Ello contribuye a que las personas que soliciten atención se sientan cómodas y seguras para dar a conocer sus problemas, así como a crear un clima favorable para la comunicación y puesta de acuerdo.

Documentación y Archivos.
Es importante contar con las normas que orientan el trabajo de las DEMUNAS (leyes, reglamentos, directivas).

Presupuesto.
La elaboración del presupuesto en un Municipio es un Proceso que se inicia en cada área u oficina, y su elaboración está supeditada a las leyes anuales de presupuesto. La DEMUNA debe contar con un presupuesto que le asegure su funcionamiento regular.

Actividades de las DEMUNAS
Se desarrollan en función de los Planes de Trabajo, los cuales a su vez deben ser parte de los Planes de Desarrollo local de los Municipios.
Para la elaboración del Plan de trabajo se recomienda:
Elaborar un diagnóstico de la situación de la niñez y adolescencia, en la localidad identificando los principales problemas recursos y acciones que se desarrollan.
Hacer un análisis de los principales problemas, recursos y acciones de la niñez y adolescencia en la localidad
Definir las fortalezas y debilidades de la DEMUNA
Precisar objetivos para el año de trabajo
Establecer líneas de actividades, de protección (Atención de casos) y de promoción.
Definir las metas que se esperan alcanzar.
Definir las actividades por cada línea
Definir el presupuesto por actividad, los responsables y recursos para su ejecución.

A nivel general, las actividades pueden ser:
Protección.
Dirigidas a la atención de casos que violenten los derechos del niño. En general, la DEMUNA puede atender “cualquier tipo” de casos que atente contra los derechos del niño. De acuerdo a las normas existentes y jurisdicción podrá:
1. Brindar orientación general para el tratamiento del caso
2. Interceder ante organismos según corresponda
3. Apoyar la denuncia de delitos ante las autoridades competentes
4. Resolver conflictos en base a la conciliación
5. Hacer seguimiento de casos por encargo del Ministerio Público, o de medidas socio educativas por encargo del Poder Judicial.
6. Desarrollar actividades preventivas.

Promoción.
Orientadas a la prevención o intervención sobre problemas vinculados a la niñez y adolescente, a través de diversas modalidades (capacitación, campañas de movilización o intervención, actividades de información o sensibilización, etc.)

DEMUNA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAJES

La DEMUNA de Majes esta integrada en la actualidad por un responsable que es la Lic. Magali Coa Gamarra, e institucionalmente se encuentra ubicada en la Av. Municipal 3 EF, lote F-3, Villa El Pedregal, distrito de Majes, Provincia de Caylloma, departamento de Arequipa. Se encuentra debidamente reconocida por la sociedad durante los seis años de servicio, y se encuentra dentro de los instrumentos de Gestión de la Municipalidad (ROF, MOF, etc.). Además se encuentra registrada en el MIMDES con el Registro Nro. 04052.
Atiende dentro del horario de trabajo que es de Lunes a Viernes en los dos horarios de trabajo de 07:45 a 13:30 y de 14:15 a 16:30.

 

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Municipalidad Distrital de Majes Av. Municipal 3 EF - Lote F-3 Villa el Pedregal - Telefax 586071
munimajes@munimajes.com Web: http://www.munimajes.com
Distrito de Majes - Caylloma - Arequipa